
María José López González
Una negociación de más de un año (se inició en 2018); la firma de un preacuerdo el 20 de diciembre de 2019; una jornada de huelga previa, la primera en su historia, el 17 y 18 noviembre de 2019, además de una serie de paros en los recientes partidos de Supercopa y Copa de la Reina. Estos hechos describen un escenario que señala la dificultad de una negociación y la complejidad de una Liga de fútbol de Primera División femenina, con una disparidad de presupuestos y una diferenciada voluntad para poner sobre la mesa relaciones laborales que van más allá del hecho puntual de cada uno de los equipos que conforman la Primera División de esta Liga femenina. Lograr este convenio, que se ha firmado esta semana, es conseguir ese destino que es la igualdad.

Esta sociedad tendrá que agradecer el compromiso mostrado por estas jugadoras al haber propiciado una pequeña y gran revolución en el mapa deportivo de nuestro país. Han conseguido la llamada de atención de la sociedad en una reivindicación tan justa como necesaria
De ahí lo sustancial del apoyo de la opinión pública y publicada durante estas negociaciones, sobre todo al encontrarnos ante el hecho insólito de que estas deportistas no tuvieran su convenio colectivo, igual que sus colegas masculinos. Algo extraño en el marco de una sociedad como la española y con el texto de la Ley de Igualdad de 2007 en nuestra legislación.
Después de este tiempo podemos afirmar que se ha tratado de una especie de revolución, un cambio de paradigma respecto al ámbito del deporte, que tiene mutilado ese derecho laboral de igualdad entre hombres y mujeres. ¿Qué hay en ese convenio femenino que las hace diferentes? Hay derechos, derechos que las sitúan en una defensa de relaciones laborales que hoy podemos afirmar que es muy novedoso en el contexto internacional. Y conviene recordar que estamos en pleno siglo XXI y con una Ley de Igualdad de 2007.
¿Cuál ha sido la hoja de ruta? La hoja de ruta de este convenio tiene que ver con las grandes diferencias entre los clubes de la Liga de Fútbol, las grandes diferencias entre las condiciones laborales de las propias jugadoras, la diferenciación de recursos de los clubes participantes y el hecho, y aquí la crítica de un sistema que no tiene conceptuada esta Liga como Liga profesional. Sirva de paso para indicar que en nuestro país no hay ninguna Liga profesional femenina. Un anacronismo que sitúa a este deporte femenino en una posición de tutelaje que le genera un hándicap a la hora, por ejemplo, del reconocimiento de estos derechos laborales.
La otra cuestión en liza tiene que ver con el contenido real de este convenio colectivo, un convenio franja tan específico como que sólo afecta a la plantilla de jugadoras de ese club y a ningún trabajador/a más de ese club o SAD. Y en este caso, la representatividad mayoritaria la representaba AFE por parte del banco social. Y en este sentido se ha tenido una interlocución muy directa con las jugadoras, las verdaderas protagonistas de este cambio en el deporte, en ese reconocimiento de sus derechos, que las ha hecho protagonizar una huelga y una serie de acciones de protestas para la formalización de la firma del convenio.
Esta sociedad tendrá que agradecer el compromiso mostrado por estas jugadoras al haber propiciado una pequeña y gran revolución en el mapa deportivo de nuestro país. Han conseguido la llamada de atención de la sociedad en una reivindicación tan justa como necesaria. Y han propiciado que se abra la puerta para que el deporte que dice predicar con la igualdad no se escude en manifiesto, sino que ejerza ese valor de la igualdad con consecuencia.
¿Qué temas se han puesto a debate en este convenio? Desde la vigencia, la retroactividad –generación de derechos–, salario, jornada laboral, maternidad –medidas específicas– conciliación, incapacidad laboral –cobrar cien por cien cuando estás lesionada–, marco de vacaciones regulado y protocolo contra el acoso y abuso, entre otros temas. Hay que reconocer que estas jugadoras lo que han evidenciado es que su compromiso estaba con el reconocimiento de sus derechos laborales. Que una jugadora no podía permanecer trabajando unos años y que ese tiempo fuera invisible para su cotización a la Seguridad Social, o que el ser madre supusiera el abandonar la carrera deportiva, o que una lesión la marginara del mercado laboral, sin ningún tipo de salvaguarda.