Javier Quintana
El Tribunal Constitucional decidió el pasado miércoles avalar la ley de eutanasia. El recurso interpuesto por el grupo parlamentario Vox en junio de 2021 ha sido rechazado por nueve votos a dos. Los únicos magistrados del órgano que votaron en contra del aval fueron Enrique Arnaldo y Concepción Espejel. Los también conservadores César Tolosa y Ricardo Enríquez sí han avalado la norma.
La ponencia, elaborada en este caso por el magistrado progresista Ramón Sáez, explica que la ley “garantiza el derecho a la autodeterminación de las personas sin dejar desprotegida la vida”.
Vox también indicaba en su recurso que esta legislación no ofrece mínimas garantías de seguridad jurídica, y exigía la presencia de un juez en los procedimientos que contempla esta normativa. La sentencia del TC contradice estos argumentos, y esgrime que la ley ya ofrece un sistema de garantías, por lo que la presencia de un juez en el proceso no procede en ningún caso. Según el TC, el papel de estos reguladores no puede ser el de limitar derechos fundamentales si la solicitud para acceder a la eutanasia de los individuos es “consciente, voluntaria y libre” y “cumple las condiciones legales”. Ha remarcado, además, que la Fiscalía sigue teniendo legitimación para actuar en caso de que los derechos fundamentales de un individuo hayan sido violados.
En cuanto a las críticas de la ultraderecha acerca del origen de la ley, que surgió de una proposición de ley orgánica socialista, procedimiento a través del cual según la ultraderecha el Gobierno habría pretendido eludir la emisión de informes del Consejo General del Poder Judicial y restringir el debate, el TC ha sentenciado que las proposiciones de ley de origen parlamentario no requieren de informes técnicos (a diferencia de los proyectos de ley).