L.H.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha revisado la sentencia dictada en la causa del `procés´ ante la reforma del Código Penal que deroga el delito de sedición y modifica la malversación y desórdenes públicos. Condena a los acusados Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa como autores del delito de desobediencia, en lugar de la anterior sedición, pero mantiene el concurso de la malversación. Esto supone que se mantiene la inhabilitación de 13 años del ex vicepresidente catalán, Oriol Junqueras, por tanto no podrá presentarse a ningún cargo público hasta 2031. Y condena también a los exconsellers, Bassa hasta 2031 y Turull y Romeva hasta 2030.
Sin embargo, condena a Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, por desórdenes agravados, el nuevo tipo delictivo que incluye la reforma del Código Penal y a Carmen Forcadell, Josep Rull y Joaquín Forn como autores de un delito de desobediencia. Este cambio supone la extinción total de sus respectivas condenas de inhabilitación, puesto que ya las habrían cumplido y de esta manera, podrían presentarse a las próximas elecciones.
El juez Manuel Marchena, que preside la Sala sentenciadora, además, en el texto de la sentencia crítica esta reforma que hizo el Gobierno porque cree que de esta manera, queda desprotegido el Estado y deja impune los procesos secesionistas sin violencia. Lo que antes era sedición ahora se ha reducido a atentar contra la paz pública y considera que lo que ocurrió en Cataluña en 1 de octubre fue más que eso.