J.Q.
La Abogacía del Estado, al igual que la Fiscalía, ha recurrido la decisión del juez Pablo Llarena de procesar a Carles Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí solo por malversación y desobediencia. El magistrado del Tribunal Supremo indicó que la reforma del delito de sedición propiciaba que Puigdemont fuera procesado por estos delitos, pero no por desórdenes públicos agravados, el tipo penal que ha sustituído a la sedición.
La Abogacía defiende que el expresident y sus consellers sean juzgados por la modalidad más severa de malversación y, además, por desórdenes públicos agravados. La abogada del Estado que ha transmitido el comunicado, Rosa María Seoane, ha criticado la decisión del juez. “El pronunciamiento excluyente del auto impugnado conlleva la imposibilidad de que el procedimiento pueda seguirse en ningún caso por los delitos en él excluidos”. A su modo de ver, la decisión de Llarena “limita indebidamente el derecho de las acusaciones a formular su calificación con arreglo a los delitos que estimen acomodados a los hechos que se vayan a enjuiciar”.
Seoane defiende que el principio de retroactividad sostenido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos avala que se juzgue a los acusados por este nuevo tipo penal de desórdenes agravados. Su aplicación a los hechos, que antes eran perseguidos por un presunto delito de sedición, sería “más favorable tanto en la comparación ”in abstracto“ como en las circunstancias particulares del caso”.