J. Q.
El pasado martes el Tribunal de Apelaciones británico reconoció la inmunidad del rey emérito, Juan Carlos I, hasta el momento de su abdicación. La justicia británica da así el visto bueno al recurso presentado el pasado 8 de noviembre por los abogados del monarca, que defendía que las actuaciones del emérito sujetas a investigación entre abril de 2012 y junio de 2014, momento de su abdicación, no pertenecían al ámbito privado. De esta forma, Juan Carlos solo podría ir a juicio por los hechos denunciados en la demanda de acoso de su ex amante Corinna Larsen posteriores al 18 de junio de 2014. El principal argumento de la defensa era que si, tal y como habían indicado los abogados de Corinna, el CNI participó en los hechos a dictamen del monarca, se trataría de un “acto soberano”.
El tribunal corrige de esta forma la decisión del Tribunal Superior de Justicia británico del pasado mes de marzo, que dictaminó que Juan Carlos I no gozaba de inmunidad en Reino Unido. Reconoce que la inmunidad estatal es «un derecho absoluto”. «La apelación estableció su petición de inmunidad funcional (…) y el juez se equivocó al concluir lo contrario. La excepción en la sección 5 SIA no se aplica. Por consiguiente, la conducta preabdicación es inmune a la jurisdicción de los tribunales de este país», ha explicado la jueza, Ingrid Simler.
El juicio seguirá su curso, pero las acciones más perjudiciales para el monarca quedan fuera del caso tras este último dictamen. La trama de acoso y espionaje, así como las presuntas amenazas que Félix Sanz Roldán, ex director del CNI, profirió contra Larsen en un hotel quedarán en todo caso sin ser investigadas judicialmente.
La defensa de Corinna ha opinado al respecto que la inmunidad del emérito “afecta a un asunto muy limitado” y ha recordado que “la mayor parte de la demanda, a partir de 2014, no se ve afectada”.