Javier Quintana.
El Tribunal Constitucional ha marcado un capítulo para la historia de la democracia española al admitir a trámite el recurso de amparo presentado por el PP contra dos enmiendas propuestas por PSOE y Unidas Podemos a la proposición de ley sobre la reforma del delito de sedición y aceptar las medidas cautelarísimas que impedían votarlas. Dichas enmiendas pretendían poner fin al bloqueo del poder judicial eliminando la mayoría de tres quintos necesaria para que el órgano de control de los jueces (CGPJ) elija a sus dos candidatos para el TC. De esta forma, por primera vez el tribunal de garantías bloqueaba la votación de una ley en las Cortes. Lo hace, además, gracias al voto de los conservadores Pedro González-Trevijano y Antonio Narváez, cuyos mandatos llevan caducados desde el mes de junio y cuya renovación depende de la tramitación de esta enmienda.
Durante los últimos días hemos asistido a un choque sin precedentes entre los poderes del Estado. Hace dos semanas el Gobierno anunciaba la inclusión de dos enmiendas al proyecto de ley sobre la reforma del delito de sedición que pretendía, al fin, desbloquear el nombramiento de los nuevos candidatos para el Tribunal Constitucional. Actualmente el tribunal de garantías cuenta con 6 magistrados conservadores por 5 progresistas. Su renovación, que ya debería haberse llevado a cabo, daría la vuelta a esta situación y establecería una mayoría progresista en el órgano constitucional.
Esta renovación podría haberse materializado en el caso de que el Senado hubiese dado este jueves el visto bueno a la proposición de ley que ya se aprobó el pasado jueves en el Congreso de los Diputados. Las enmiendas a esta norma habrían rebajado la mayoría de tres quintos necesaria para que el CGPJ nombre a sus candidatos al TC a una mayoría simple. Asimismo, el Gobierno tendría vía libre para nombrar a sus candidatos. Sin embargo, la admisión a trámite este lunes del recurso de amparo presentado por el PP por parte del Tribunal Constitucional ha paralizado la votación.
Cuatro años de bloqueo judicial

Alberto Núñez Feijóo, presidente del PP, ha explicado estos días que lo que busca su partido con este recurso de amparo es “defender los pilares de la democracia”. Sin embargo, el Gobierno ha elegido la vía de las enmiendas como último recurso para hacer efectivos los nombramientos para el TC después de que el PP insistiera en bloquear la renovación del CGPJ durante cuatro años.
El mandato constitucional del órgano de gobierno caducó en 2018. La primera negociación para su renovación entre PP y PSOE tuvo lugar en noviembre de ese año. Tras llegar a un consenso, el acuerdo saltó por los aires tras la publicación de un mensaje del por aquel entonces portavoz de los populares en el Senado, Ignacio Cosidó, dirigido a los miembros de su grupo. “Ha sido una jugada estupenda. Controlaremos la sala segunda (del Supremo) desde atrás”, refiriéndose a la presidencia de Manuel Marchena. Más adelante, en marzo de 2021, el Congreso aprobó una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que limitaba las funciones del órgano, impidiendo que éste emita nombramientos en la cúpula judicial. El Gobierno pretendía con esto forzar un acuerdo con los populares, pero la derecha no dió su brazo a torcer y prosiguió con su bloqueo.
Más de un año después, en julio de este año, el Gobierno aprobó una nueva reforma de la LOPJ que permite que el CGPJ designe a los dos magistrados que le corresponden del Tribunal Constitucional. El núcleo conservador del CGPJ, es decir, ocho jueces y juristas propuestos en su día por el gobierno popular y con el mandato caducado, bloquearon los nombramientos.
El PP defiende su recurso de amparo arguyendo que Sánchez atenta contra el sistema democrático del país. Pero estas palabras llegan tras cuatro años en los que los populares han tratado por todos los medios de mantener un control del poder judicial que la soberanía popular les arrebató en las urnas.
Tras la dimisión de Carlos Lesmes, presidente del órgano, a finales de octubre se dio por hecho el acuerdo definitivo entre los dos grandes partidos para finalmente desbloquear la situación. Sin embargo, el PP rompió las negociaciones en el último momento alegando que la novedad de la reforma del delito de sedición suponía una “incongruencia insalvable” para alcanzar un pacto.
Así pues, el PP defiende su recurso de amparo arguyendo que Sánchez atenta contra el sistema democrático del país. Pero estas palabras, como vemos, llegan tras cuatro años en los que los populares han tratado por todos los medios de mantener un control del poder judicial que la soberanía popular les arrebató en las urnas. Parece más un nuevo intento del PP de desacreditar la legitimidad del gobierno mientras que, al mismo tiempo, insisten en mantener el control de un órgano en el que ya no tienen la potestad de anteriores legislaturas.
Vía legislativa de sobra conocida
Asimismo, el PSOE recurre ahora una vía de legislación que, pese a ser cuestionable, tanto populares como socialistas han usado en innumerables ocasiones desde la llegada de la democracia. Se trata de un `mecanismo exprés ́ que permite acelerar los plazos, ya que las enmiendas no precisan de informes preceptivos. Es un trámite muy cuestionado por los juristas por el factor de que estas enmiendas, en muchos casos, guardan escasa relación temática con la proposición de ley a la que se adhieren y a la que hay que votar en bloque. Sin embargo, pese a que el PP se muestra ahora escandalizado por su uso, es una medida muy frecuente.
Aznar, Rajoy… la via de las enmiendas para modificar leyes ajenas al proyecto principal es de sobra conocida por los populares
Por ejemplo, José María Aznar usó esta fórmula en 2003 para frenar un posible referéndum en el País Vasco bajo el amparo del Plan Ibarretxe. Años más tarde, José Luis Rodríguez Zapatero introdujo la Ley Sinde (sobre el cierre de páginas web) como enmienda a una proposición de ley de contenido puramente económico. Y, sin ir más lejos, Mariano Rajoy aseguró el aforamiento del rey Juan Carlos tras su abdicación aprovechando la tramitación de una norma que afectaba al Poder Judicial.
Sin duda, esta forma exprés de legislar es digna de debate y suscita gran polémica entre los letrados. De hecho, el TC falló en 2011 declarando inconstitucional el atajo legal de Aznar antes mencionado, que había sido recurrido por el PSOE. El órgano señaló entonces que las enmiendas propuestas no tenían nada que ver con la materia y que, por tanto, su inclusión no seguía el orden constitucional.
Teniendo en cuenta todo esto, tanto el secuestro al que el PP ha sometido al poder judicial durante toda la legislatura como la normalización de esta práctica legislativa en las Cortes tanto en gobiernos populares como socialistas, parece cuanto menos cuestionable que los populares se proclamen ahora como partido defensor de las garantías constitucionales.
Magistrados con el mandato caducado
La otra gran paradoja que surge de todo este enredo institucional es que en la votación del pasado lunes del TC, que impide el debate y la aprobación de las enmiendas que desbloquearían su propia renovación en el Senado, fueron vitales los votos de dos magistrados conservadores que tienen el mandato caducado desde el pasado mes de junio, como es el caso de Pedro González-Trevijano, actual presidente del TC, y de Antonio Narváez. La reforma aprobada la semana pasada en el Congreso y paralizada de momento gracias a sus votos les afecta directamente, ya que su puesta en marcha facilitaría la elección de sus sustitutos en el tribunal de garantías. Así pues, sus votos podrían estar regidos por intereses personales, por lo que parece bastante razonable que ambos sean apartados de la votación. Justo esta tesis es la que defiende Unidas Podemos, que recurrió esta semana a la justicia europea para tratar de apartar a estos dos magistrados de la votación. También la Fiscalía solicitó al órgano constitucional apartar a los dos magistrados de la decisión acerca del recurso de amparo.
Dos magistrados con el mandato caducado deciden el futuro del país… participando en una votación que decide también sobre su continuidad en el cargo
El Senado, por su parte, también tomó cartas en el asunto y dirigió una petición al TC solicitando el levantamiento de las medidas cautelares expedidas el lunes que bloquean la tramitación de las enmiendas.
El tribunal de garantías se reunió de urgencia en la tarde del miércoles para analizar la petición de la Cámara Alta, rechazándola finalmente. Por tanto, este jueves se ha llevado a cabo la votación en el Senado sobre el proyecto de ley, dejando las enmiendas relacionadas con la renovación del órgano constitucional fuera del debate. El TC pasa así por alto también la petición de la Fiscalía sobre los dos magistrados con mandato caducado.

El Gobierno, por su parte, no se va a quedar de manos cruzadas. El Ejecutivo planea una nueva proposición de ley para la reforma del Poder Judicial y el TC que impulsará junto al resto de socios de gobierno. La idea es registrarla por vía de urgencia para que pueda ser tramitada este mismo mes de enero.
Al no tratarse de una norma que proceda directamente del Gobierno se evitarían también los informes preceptivos del Consejo de Estado o del propio CGPJ, que dilatarían aún más en el tiempo su aprobación. De darse así los acontecimientos faltaría ver si, en una nueva pirueta legislativa, el PP presentaría un nuevo recurso a esta proposición para tratar de que el TC vuelva a frenar la votación de la nueva norma.
¿Es legal la decisión del Constitucional?
El mero hecho de que el poder judicial paralice la tramitación de una ley supone un hito para nuestra democracia. La gran pregunta es si estamos ante unas medidas cautelares legales o, por el contrario, los magistrados del TC están atentando directamente contra el principio democrático de la separación de poderes. José Antonio Martín Pallín, magistrado emérito del Tribunal Supremo, indicó esta semana en un artículo que podríamos estar ante un claro caso de prevaricación por parte del TC. “Por algunos se ha alegado que la tramitación puede tener algún defecto formal y no tengo nada que objetar a sus posiciones. Pero resulta inadmisible, en todo caso, que el Tribunal Constitucional, sin apoyo legal alguno, se permita suspender la tramitación.”, ha explicado el magistrado.
Cabe recordar que el PP ha invocado el art.23 de la CE para imponer su recurso, es decir el que recoge el derecho de los ciudadanos a participar en asuntos públicos directamente o a través de representantes. Así pues, si los parlamentarios que han votado las enmiendas han sido elegidos por sufragio universal, cabe preguntarse en qué momento se ha vulnerado este derecho fundamental de los españoles.